CPCC. Rogelio Flores:Contador Público Colegiado con Maestría en Gestión Pública Universidad Nacional San Cristobal de Huamanga, Diplomado en Gestión Municipal, Ex funcionario del Ministerio de Economía y Finanzas, especialista en Contabilidad Gubernamental, Especialista en el Sistema Financiero del Sector Público (SAFI), Especialista en Cierre Contable SP y especialista en SIAF y SIGA. Asesor de Municipalidades a nivel Nacional y Docente Universitario.

martes, 1 de enero de 2019

SISTEMA DE DETRACCIONES DE IGV (SPOT) ORIENTADO A LAS ENTIDADES PÚBLICAS


RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N.° 071 -2018/SUNAT MODIFICA LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N.° 183-2004/SUNAT, QUE APRUEBA NORMAS PARA LA APLICACIÓN DEL SISTEMA DE PAGO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS, A FIN DE VARIAR EL PORCENTAJE APLICABLE A DETERMINADOS SERVICIOS COMPRENDIDOS EN DICHO SISTEMA
Lima, 28 de febrero de 2018 
.........comprendidos en los numerales 1, 3, 5 y 10 del Anexo 3 de la citada resolución; Que en virtud de las Resoluciones de Superintendencia N.os 203-2014/SUNAT y 343- 2014/SUNAT 
Artículo único. Modificación de porcentajes del anexo 3 de la Resolución de Superintendencia N.° 183-2004/SUNAT Modifícase a doce por ciento (12%) el porcentaje aplicable para la determinación del depósito, tratándose de los servicios señalados en los numerales 1, 3, 5 y 10 del anexo 3 de la Resolución de Superintendencia N.° 183-2004/SUNAT y normas modificatorias, respectivamente referidos a: Intermediación laboral y tercerización, mantenimiento y reparación de bienes muebles, otros servicios empresariales y demás servicios gravados con el IGV.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL ÚNICA. Vigencia La presente resolución entra en vigencia el 1 de abril de 2018 y se aplica a las operaciones cuyo nacimiento de la obligación tributaria del impuesto general a las ventas se origine a partir de dicha fecha. 
RESUMEN DE LAS MODIFICACIONES
-Intermediación Laboral 12%
-Arrendamiento de Bienes (alquiler de Bienes muebles e inmueble) 10%
-Mantenimiento y reparación de Muebles 12%
-Movimiento de carga(carga, descara y movilización de bienes) 10%
-Otros servicios empresariales de 12%
-Comisión Mercantil  10%
-Fabricación de Bienes por encargo 1
0%
-Servicio de transporte de personas 10%
-Servicio de transporte de bienes vía terrestre 4%
-Contrato de Construcción 4%
-Demás servicios gravados con IGV 12%
EJEMPLOS DE DETRACCIONES 
ALQUILER 10%
ESTUDIOS Y EXPEDIENTES, SUPERVISIÓN, PERFIL, FICHAS 12%
OBRAS POR CONSTRUCCIÓN, FLETES 4%
AGREGADOS Y PIEDRA CHANCADA 10%
Mantenimiento de vías 12%
BASELEGAL: 
-TEXTO ÚNICO ORDENADO DEL D.L. N° 940 , modificado por Ley N° 28605 y Decreto Legislativo N° 1110
-Resolución de Superintendencia N° 183-2004/SUNAT (15-08-2004)
-Resolución de Superintendencia N° 317-2013/SUNAT DEL 24-10-2013
-Resolución de Superintendencia N° 375-2013/SUNAT DEL 28-12-2013
-Resolución de Superintendencia N° 019-2014/SUNAT DEL 23-01-2014
-Resolución de Superintendencia N° 077-2014/SUNAT DEL 18-03-2013
-Resolución de Superintendencia N° 203-2014/SUNAT DEL 28-06-2014
-Resolución de Superintendencia N° 343-2014/SUNAT DEL 12-11-2014
-Resolución de Superintendencia N° 045-2015/SUNAT DEL 10-02-2015
-Resolución de Superintendencia N° 071-2018/SUNAT DEL 28-02-2018
El comprador o usuario final de los bienes y servicios debe detraer una parte del valor de venta y depositarlo a la cuenta de Detracciones aperturado en el banco de la Nación del Vendedor.
PRECISIONES:
1.- La empresa utiliza las detracciones para el pago de sus impuestos y leyes sociales
2.- Se aplica a operaciones mayores a 700 soles es decir a partir de 701 Soles
3.- Se aplica solo a la emisión de Factura mas no 
boletas y otros que no sustenta crédito fiscal. En el sector público también se detrae a las Boletas de Venta.
4. Están exceptuada las operaciones según el numeral 6.1 del artículo 4° del Reglamento de Comprobantes de Pago( R.S. 077-99/SUNAT) tales como: boletos de transporte o de viaje, documentos emitidos por el sistema financiero así como de cooperativas, cajas de ahorro y crédito, AFPs, Recibos de servicios públicos de agua, electricidad y telecomunicación y otros.
5. El plazo para depósito es 5to día hábil de recibido el abono en su totalidad.
6. Si el adquiriente es el sujeto obligado, lo que ocurra primero entre: a) Fecha de pago pago total o parcial b)Registro del comprobante de pago en el registro de compras (5to día hábil de anotación en el registro de compras al mes siguiente) 
7.-El adquirente del bien o servicio deberá anotar en el registro de compras.
LINK. DESCARGA EN .XLS DE LOS PORCENTAJES ACTUALIZADOS


CALCULO DE ESSALUD EN PLANILLAS MODALIDAD "CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS - CAS D.L N° 1057 AÑO 2019"




TRANSFERENCIA ENTRE CUENTAS BANCARIAS Y REGISTRO EN EL SIAF

Instructivo para realizar transferencia de las saldos de cuenta corriente antiguas a la cuenta central (RRDD) para seguidamente trasladar a la CUT o gastar directamente con TR=2 
Transferir de la Cta de Foncomun y / o Canon anterior  a la “Cuenta Central”
 Tipo Operación         :  TC
Fuente de Financiamiento:   88
 Fases de Gasto   :   C- D- G  Clasificador 0.00.0 Div. (109)
Cta. Cte               : Digitar el año y el código del banco de la....Cta. Anterior
Fases de Ingreso:  D- R  Clasificador 0.00.0 Div. (243)
Cta. Cte               :  Digitar el año y el código del banco de la “Cuenta Central”


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